Las medidas que se
plantean tienen carácter interdisciplinar, es decir, la participación de
representantes de diferentes planteamientos técnicos y disciplinares es la base
tanto de las actuaciones, como de los grupos de trabajo constituidos para el
diseño y desarrollo de las medidas y carácter transversal, basado en la
cooperación interinstitucional. Y se pueden englobar en las siguientes
leyes de las conocidas como fundamentales pertenecientes a la Constitución
Española:
- Derecho a la integridad física y moral.
- Derecho a la libertad y a la seguridad.
- Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen así como el secreto de las comunicaciones.
- Derecho a la tutela judicial efectiva.
- Derecho a la educación.
En el ámbito de protección, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor encomienda la protección de los niños a los poderes públicos, así como el apoyo a os padres para ejercer sus funciones. Todo ello sin perjuicio de que cualquier persona tenga la obligación de comunicarlo a las autoridades.
En caso de incumplimiento se procederá a la intervención del Ministerio Fiscal que instará de inmediato las medidas cautelares y de protección previstas en la ley, y solicitará las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios causados.
Además hay que tener en cuenta las distintas leyes de
protección que cada Comunidad Autónoma haya dictado, ya que la protección a la
infancia es una competencia autonómica.En caso de incumplimiento se procederá a la intervención del Ministerio Fiscal que instará de inmediato las medidas cautelares y de protección previstas en la ley, y solicitará las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios causados.
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